El Estatuto de los Trabajadores es la norma laboral básica de España. Su texto vigente es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que refunde y ordena la regulación en 92 artículos agrupados en tres Títulos. Fija los derechos y obligaciones mínimos de toda persona que trabaja por cuenta ajena —jornada, salario, vacaciones, contratos, despido, representación colectiva—, unos mínimos que el convenio colectivo y el contrato individual pueden mejorar pero nunca empeorar. Protege a los trabajadores por cuenta ajena y deja fuera a los autónomos y a los funcionarios (que tienen su propia regulación), aunque incluye relaciones laborales especiales como el personal de alta dirección o el servicio del hogar. La jerarquía es clara: primero se aplica lo más específico (el contrato), luego el convenio y, como base que nadie puede incumplir, el Estatuto. Entre las materias más consultadas están la jornada máxima (40 horas semanales de promedio anual, con registro horario obligatorio desde 2019), el salario mínimo (1.221 euros mensuales en 14 pagas para 2026, según el Real Decreto 126/2026) y las vacaciones (mínimo 30 días naturales al año).
DATOS CLAVE
- Qué es: la norma laboral básica de España, cuyo texto vigente es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
- Estructura: 92 artículos organizados en tres Títulos (relación individual, representación colectiva y negociación colectiva).
- Base constitucional: el artículo 35.2 de la Constitución de 1978 encomienda a la ley regular un estatuto de los trabajadores.
- A quién protege: a las personas que trabajan por cuenta ajena; quedan fuera autónomos y funcionarios, con sus regulaciones propias.
- Jornada máxima: 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, con registro horario obligatorio desde el 12 de mayo de 2019.
- Salario mínimo 2026: 1.221 euros mensuales en 14 pagas (17.094 euros brutos anuales), fijado por el Real Decreto 126/2026, un 3,1% más que en 2025 y con efecto desde el 1 de enero.
- Vacaciones: mínimo de 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero salvo al finalizar el contrato.
- Regla de oro: el convenio y el contrato pueden mejorar el Estatuto, nunca empeorarlo.