Por regla general, no. El artículo 34.5 del Estatuto de los Trabajadores exige que la jornada se compute estando ya en el puesto, y los tribunales tratan el cambio de ropa y la colocación del equipo como un acto preparatorio.
La regla se invierte cuando el equipo solo puede recogerse o colocarse en un lugar que impone la empresa, y el trabajador queda a su disposición mientras lo hace.
El convenio colectivo puede reconocer ese tiempo, y cuando lo hace manda sobre la regla general: es lo primero que hay que mirar, antes que la jurisprudencia.
Para que sea tiempo de trabajo tienen que darse tres condiciones a la vez: estar en el puesto, estar a disposición de la empresa y ejercer las funciones.
En la práctica, lo que decide el resultado en una planta no es la doctrina: es si el punto de fichaje está antes o después del vestuario.
DATOS CLAVE
- El artículo 34.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que el tiempo de trabajo se computará de modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo (texto consolidado, BOE).
- Un conflicto colectivo en cámaras a 23 grados bajo cero, con 10 a 15 minutos diarios de equipamiento: el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha resolvió el 25 de noviembre de 2022 que ese tiempo no es trabajo efectivo. Pesó que el torno de fichaje estuviera a la entrada del almacén y los vestuarios fuera de esa zona (reseña del caso).
- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su sentencia 165/2026, de 19 de febrero de 2026 (recurso 333/2025), negó que los 15 minutos de un conductor para ir a vestirse fueran jornada, porque el uniforme se custodiaba en su domicilio y nadie le obligaba a cambiarse en la base.
- La misma sentencia recuerda la excepción: la doctrina del Tribunal Supremo sobre vigilantes que deben acudir obligatoriamente al armero del centro a recoger el arma, en resoluciones de noviembre de 2019, de 2020 y de enero de 2021 (síntesis del contraste).
- La doctrina que excluye el tiempo de vestuario se formó en supuestos en los que el trabajador aún no había fichado. Así lo subraya una sentencia del Tribunal Supremo de 19 de mayo de 2015, que da valor probatorio decisivo a la ficha horaria.
- Doce minutos diarios por persona son 44 horas al año. En una planta con 300 operarios, 13.200 horas: el equivalente a más de siete jornadas anuales completas (cálculo de Protime sobre 220 días trabajados y la jornada anual de 1.744 horas del convenio general de la industria química para 2026).