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No fichar bien empieza en 751 € por centro. Pero cuando la falta de registro destapa horas extra sin pagar o fraude en contratos, la multa escala por encima de los 200.000 €. Calcula la exposición real de tu empresa en 2 minutos.
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Desde el RDL 8/2019 (art. 34.9 ET), toda empresa está obligada a registrar la jornada diaria de cada persona de la plantilla, con hora de inicio y de fin, conservar esos registros cuatro años y tenerlos a disposición de los trabajadores, de su representación legal y de la Inspección.
Y no vale cualquier registro. Para la Inspección solo cuenta el que es fiable, no manipulable y accesible. Un Excel que se edita después, un papel que se firma en bloque a fin de mes o una app sin auditoría se tratan como si no existiera registro. El proyecto de Real Decreto que está en tramitación endurece todo esto: registro digital, interoperable y con sanción por cada trabajador, no por centro.
El Plan Estratégico de la Inspección concentra las campañas de registro horario en los sectores con jornadas complejas y picos de demanda. Si tu empresa encaja con alguno de estos perfiles, el riesgo no es teórico: