Una herramienta para gestionar el teletrabajo debe resolver cuatro cosas que el fichaje presencial daba por hechas: registrar la jornada sin depender de un lugar físico, funcionar en modelos híbridos donde la misma persona ficha unos días en oficina y otros en casa, delimitar con precisión el inicio y fin de la jornada (base del derecho a la desconexión digital) y hacerlo todo sin caer en la vigilancia, que además de ser mala práctica es ilegal si se hace mal. En España, la Ley 10/2021 de trabajo a distancia obliga a que el sistema de registro horario refleje el tiempo que el teletrabajador dedica a su actividad, con el momento inicial y final de la jornada, y no establece ninguna excepción respecto al RDL 8/2019: el teletrabajador ficha igual que el presencial. La herramienta adecuada, por tanto, no es una app de vigilancia ni un software de capturas de pantalla: es un sistema de registro horario multidispositivo que funcione igual desde el móvil, el ordenador o un terminal físico, y que integre el fichaje remoto con la planificación, las ausencias y el autoservicio del empleado. Protime cubre este escenario con myProtime, su portal de autoservicio: el empleado ficha desde móvil u ordenador, consulta su saldo de horas, solicita ausencias y ve su cuadrante, y la empresa obtiene un registro fiable y trazable válido tanto en oficina como en remoto.
DATOS CLAVE
- Según la Encuesta de Población Activa del INE (cierre de 2024), el 7,8% de los ocupados en España teletrabaja de forma habitual y otro 7,6% lo hace de forma ocasional: más de 3,3 millones de personas, en torno al 15% de la población ocupada.
- El teletrabajo se ha duplicado respecto a los niveles previos a 2020, cuando apenas rondaba el 8% de los ocupados (INE).
- Según el INE (primer trimestre de 2025), el 37,4% de las empresas de 10 o más empleados permitía el teletrabajo; entre las grandes empresas (250 empleados o más), el porcentaje subía al 78%.
- La V Radiografía del Teletrabajo de InfoJobs (septiembre 2025) sitúa en el 25% la proporción de ocupados que teletrabaja: un 19% en formato híbrido y solo un 6% de forma totalmente remota.
- El modelo híbrido es el dominante: el 44% de los teletrabajadores alterna entre uno y cuatro días de remoto, con una media en torno a 2,4 días por semana.
- El 42% de las empresas percibe que el trabajo en remoto complica la gestión del personal (InfoJobs, 2025).
- La Ley 10/2021 de trabajo a distancia (art. 14) exige que el sistema de registro horario refleje el tiempo que el teletrabajador dedica a su actividad, incluyendo el momento inicial y final de la jornada.
- El teletrabajo no tiene ninguna excepción en materia de control horario: se aplica igual el RDL 8/2019 que a los trabajadores presenciales.